Protocolo de Protección a Menores

Principios Generales

La escuela, como entidad educativa, tiene por objetivo promover un ambiente de convivencia social. Esta convivencia debe regirse por la seguridad y protección del educando por parte de aquellos responsables dentro de la Institución.

El respeto a la dignidad de la persona es un principio básico de nuestro colegio, que debe procurarse y mantenerse por todos los miembros de la comunidad.

De esta manera, las recomendaciones sobre seguridad y protección del menor están contenidas en este documento, el cual deberá conocerse y aceptarse por todo el personal del colegio: Directivos, Personal Docente, administrativo y de servicios.

Marco Normativo

La Secretaría de Educación Pública, como instancia normativa, plantea el establecimiento de lineamientos de prevención y atención de situaciones de riesgo, para que las Autoridades Educativas de los Estados y de la Ciudad de México, de acuerdo con sus nece sidades y contextos, en un marco de obligatoriedad en la protección de los derechos humanos para generar entornos escolares seguros, con el objetivo principal de que se continúen estableciendo principios educativos y prácticas pedagógicas y de gestión para la armonía y la paz, al interior de cada una de las escuelas públicas y privadas de educación básica, pertenecientes al Sistema Educativo Nacional.

Conceptos básicos:

Se entiende por menor a aquella persona que no ha llegado a la edad adulta que legalmente se establece en un país como requisito para tener determinados derechos. En México se considera menor de edad a aquellos que no han cumplido 18 años.

Maltrato infantil: Es el uso de la fuerza o poder a través de la violencia física, psicológica, emocional, negligencia u omisión por cualquier trabajador al servicio de la educación o de un tercero hacia los alumnos.

Abuso sexual infantil: Es la interacción en que una persona adulta utiliza a niñas, niños y adolescentes para estimularse o estimularle sexualmente, o bien, a algún testigo implicando o no contacto físico.

En esta situación se ejerce una relación abusiva entre una persona adulta y el menor de edad pues existen desventajas físicas, fisiológicas, de desarrollo, de experiencias, de recursos mentales y habilidades sociales y emocionales.

Acoso escolar: Conducta repetitiva e intencional, por cualquier medio, por la que uno o varios alumnos pretenden intimidar, someter, amedrentar y/o atemorizar emocional o físicamente, a uno o varios alumnos, dentro de una escuela pública o privada de todos los niveles educativos.

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 2º

“1. Los estados parten respetarán los derechos enunciados en la presente convención y asegurarán su aplicación a cada niño o sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o socia l, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o representantes legales.

  1. Los estados parte tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el

niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o de sus tutores o de sus familiares.”

Artículo 3º

“1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

  1. Los Estados Parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado

que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.”

Artículo 19º

“1. Los Estados Parte adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

“2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.

Normativa de actuación en el trato y seguridad de los menores

  1. El Protocolo tiene como propósito fundamental salvaguardar la integridad física,

psicológica y social de niñas, niños y adolescentes que estudian en el Colegio Paseo, en las diferentes secciones: primaria, secundaria y preparatoria

  1. El personal del Colegio Paseo conocerá la normativa relacionada con la protección

y seguridad de las alumnas en la realización de las actividades dentro de la Institución. El Consejo Directivo del colegio será el encargado de promover el conocimiento y cumplimiento de las medidas de esta normativa.

  1. En todo momento se garantizará la seguridad de todas las alumnas como interés

superior, evitando cualquier situación que pueda considerarse riesgosa o imprudente.

  1. Durante el proceso de admisión de alumnas será necesario solicitar el

consentimiento o el no consentimiento por escrito para el uso de imágenes de las alumnas dentro del Colegio o en las actividades externas del mismo para fines de comunicación institucional. Sólo el personal de esta área tendrá autorización para la toma de fotografías.

  1. En todo momento deberá cuidarse el trato con las alumnas, guardar la distancia

suficiente, evitar las muestras de cariño excesivas, cuidar la discreción en cuanto a los temas a tratar con ellas, procurar en todo momento un trato amable, pero anteponiendo la relación profesora-alumna.

  1. Las preceptorías o tutorías deberán realizarse en lugares abiertos al alcance de vista

de cualquier persona. Es importante respetar la confidencialidad.

  1. Todas las actividades que se realicen fuera del colegio necesitarán la autorización

escrita por parte de los padres para la participación de las alumnas. En estas actividades será necesaria la supervisión por parte del personal del colegio dependiendo el número de alumnas que participen.

  • En cada camión o transporte que se utilice será necesario contar al menos

con un adulto responsable por parte del colegio.

  • Cada adulto tendrá un máximo de 10 alumnas asignadas en salidas cortas

y en viajes nacionales o al extranjero un máximo de 6 alumnas.

  1. En cualquier actividad fuera del colegio que implique permanecer más de un día

fuera, los dormitorios y baños no podrán ser compartidos entre personal y alumnas. En el caso de alumnas mínimo habrá 3 por habitación.

  1. El personal docente evitará dar sus datos de celular o teléfono de casa tanto a las

alumnas como a los padres de familia. A excepción de las situaciones que lo requieran, con autorización de la directora de sección y en los viajes se habilitará un grupo de WhatsApp para comunicación y una encargada del manejo de esta.

  1. Es necesario que en las actividades donde participen las alumnas haya siempre

personal docente asignado a mantener el orden y cuidado, en especial cuando estas actividades involucran a varios niveles del colegio. (alumnas mayores y menores)

En caso de ocurrir alguna situación que signifique un posible abuso a un menor, es

necesario actuar con oportunidad, prudencia y claridad. Acudir en primera instancia a la Dirección del colegio o a alguna persona del Consejo Directivo. Deberá seguir el procedimiento en caso de incidencias a menores marcado en el anexo I, en coordinación con el Programa Nacional de Convivencia Escolar SEP.

LA TRANSGRESIÓN DE ALGUNA DE ESTAS NORMAS PODRÍA SER CAUSA

DE RESCISIÓN DE CONTRATO DE MANERA INMEDIATA

ANEXO I:

Procedimiento en caso de incidencias con menores

  1. Respuesta a la notificación de sospechas o denuncias de abuso
  2. 1.1. Si una alumna informa a una profesora de haber sufrido un abuso, y cometido

por cualquier miembro del colegio (personal del Paseo o alumnas), deberá proceder a escucharle con detenimiento, a preguntar por los hechos sin entrar en detalles innecesarios y a comunicarlo de inmediato al Consejo Directivo. No deberá hacerse ninguna promesa de confidencialidad al informante.

  1. 1.2. Se elaborará el Acta de Hechos con los puntos sugeridos por la SEP, a través

del Programa Nacional de Convivencia Escolar SEP , para informar del modo más preciso posible al Consejo Directivo, a las autoridades y padres de familia. Es importante que recoja los hechos con la mayor exactitud.

  1. Acciones posteriores a la notificación de un abuso.
  2. 2.1. Informar al Consejo de Directivo del colegio quién informará al Consejo Superior.
  3. 2.2. Abrir un expediente desde el momento en que se informa de una acusación

o de una sospecha en el que se irán recogiendo los contenidos de las conversaciones y de los hechos objeto de investigación. Es básico el principio de confidencialidad, de modo que sólo tendrán acceso a la investigación los miembros del Consejo Directivo, padres de familia involucrados y autoridades.

  1. 2.3. Ponerse en contacto con la familia del menor y actuar de común acuerdo con ella.
  2. 2.4. Ponerse en contacto con las familias de los menores, que hayan sido testigos

del supuesto abuso.

  1. 2.5. El Consejo Directivo, desde el momento en que comience la investigación y

hasta su final, evitará que el presunto agresor y la alumna(o) tengan contacto o compartan espacios.

  1. 2.6. Se escuchará con detenimiento a la alumna o alumnas implicadas, se evitará

realizar interrogatorios, informando previamente a los padres.

  1. 2.7. Si el presunto agresor es una alumna, la encargada de la investigación se

reunirá urgentemente con sus padres para informarles de la situación y acto seguido pedirá a la alumna que, delante de sus padres, ofrezca una explicación de los hechos.

  1. 2.8. Si el presunto agresor es una profesora o personal del colegio, la directora

recabará de la persona denunciada la explicación por escrito de los hechos con el mayor detalle. A tal efecto, se le ofrecerá la asistencia de otras personas y asesoramiento legal. Se hará todo lo posible para conducir el proceso de forma eficaz y confidencial, de modo que no se haga público el motivo de una ausencia temporal del trabajo.

  1. 2.9. Se hará todo lo posible por proteger la intimidad, el honor y la imagen de las

personas contra los que se haya realizado una denuncia, mientras no se demuestren los motivos de la acusación.

  1. 2.10. Durante el proceso de investigación, la profesora o miembro del colegio que

esté siendo objeto de la investigación será suspendido provisionalmente en sus funciones. En caso de que sea un alumno, se tomarán las oportunas medidas cautelares.

  1. 2.11. Si se concluye que las acusaciones son falsas o infundadas, la profesora o

miembro del colegio se reincorporará de inmediato con normalidad y de inmediato a su puesto habitual. Asimismo, se tomarán medidas contra la acusadora.

  1. 2.12. Si tras la investigación inicial, los indicios tuvieran apariencia de veracidad,

se informaría de inmediato a La Dirección General de Asuntos Jurídicos y Relaciones Laborales de la SEP, así como a la Fiscalía Especializada en Violencia Sexual a niñas, niños y adolescente, como indica el protoc olo de la Secretaría de Educación Pública.

  1. 2.13. Si se confirma la realización de actividades inadecuadas y condenables en

el ámbito de protección al menor, el Colegio Paseo, procederá al despido inmediato de la persona involucrada.

  1. 2.14. Si se confirma que el autor o autora de esas actividades inadecuadas y

condenables en el ámbito de protección del menor es una alumna, El Colegio Paseo, iniciará el proceso para su inmediata expulsión del colegio. Y dará conocimiento a las autoridades.

  1. 2.15. Redactar el Acta de hechos, tomando en cuenta la guía que propone el

Anexo 6, del Programa Nacional de Convivencia Escolar SEP . Se propone formulario a continuación.

ACTA DE HECHOS

Fecha del informe Clave de identificación

Datos de la escuela

Nombre:

Clave de

CCT:

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

Nombre de la directora general

Nombre directora técnica (SEP)

Nombre del presunto afectado (a) Nombre del presunto agresor (a)

Nombre de la persona que informa Relación con el menor

INFORMACIÓN DEL MENOR, PRESUNTO AFECTADO (A)

  • Nombre y apellidos del padre y de la madre:
  • Dirección:
  • Teléfonos (fijo y celular):
  • Correo electrónico:
  • Nombre del familiar que respondió a la llamada de la institución (firma)

INFORMACIÓN DEL PRESUNTO AGRESOR

  • Nombre:
  • Edad:
  • Dirección:
  • Teléfono (fijo y celular):
  • Correo electrónico:
  • Relación con el menor:

En caso de ser otro menor adjuntar los datos de los Padres

  • Vía por la que se obtuvo la información (llamada telefónica,

conversación física en el colegio, etc.).

DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE

INFORMACIÓN SOBRE EL INCIDENTE (INFORMANTE)

  • ¿Cómo ha obtenido esta información?
  • ¿Qué pruebas le han llevado a valorar que puede existir un supuesto abuso?
  • ¿Existe algún factor en la situación actual del alumno y/o de sus padres/profesoras

o personal de administración y servicios que pudiera tener relevancia en el supuesto abuso (p. ej., alguna enfermedad, pérdida, separación, adicción o problema de salud mental o cualquier otra dificultad)?

  • ¿Están informados los padres de que se ha iniciado una investigación y de que, en

caso de que hubiera indicios de abuso, se informaría de inmediato a las autoridades?

  • ¿Desea añadir algo más?

ACUERDOS

  • Procedimiento o atención que se dará al menor
  • Resultados y acuerdos generados a partir de la intervención preventiva y de

atención

Nombre y firma de la directora

Nombre y firma de padre, madre o tutores de la menor

Nombre y firma de la persona responsable del informe

COMPROMISO DE ACEPTACIÓN

DE LAS NORMAS INSTITUCIONALES, COLEGIO PASEO

En a de de

Expreso que como profesora o personal administrativo o de servicios contratada por el Colegio Paseo, se me han entregado y conozco el Protocolo de Protección a menores que regula las relaciones del personal docente, administrativo y de servicios con los menores y las familias, y la Normativa de Convivencia del colegio, manifestando expresamente mi respeto y aceptación de dichos documentos institucionales, comprometiéndome a su observancia en cualquier actividad relacionada con el ejercicio de mis laborales profesionales, incluso fuera del centro, en tanto desarrolle mis funciones en esta entidad.

Leí, acepto y me comprometo a cumplir y respetar la normativa que rigen al Colegio Paseo, en materia de protección al menor a partir de esta fecha y en lo sucesivo mientras dure mi relación laboral con los mismos.

Y para que así conste, firmo la presente declaración y compromiso en el lugar y fecha arriba indicados.

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